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lunes, 17 de diciembre de 2012

SISTEMA TRIBUTARIO EN LA DEMOCRACIA
La tributación en el Perú sigue el estándar internacional y está constituida por la política tributaria, la Administración Tributaria y el sistema tributario, que se relacionan con el Estado Peruano.

El sistema tributario es el conjunto de dispositivos legales (normas, principios e instituciones) mediante los cuales se implementa la política tributaria. Regula las relaciones que se originan por la aplicación de los tributos en un país. Puede variar de un tiempo a otro o de un país a otro.   Destaca el Código Tributario   como la norma más importante.
En las normas tributarias se reflejan los principios tributarios de:
• NEUTRALIDAD: Las Pdisposiciones tributarias no deben generar distorsiones en la economía y deben ser aplicadas de la misma forma en todo el ámbito nacional.

• EQUIDAD: Los impuestos que se obligan a pagar deben estar acorde con los ingresos de cada ciudadano.

• SIMPLICIDAD: Los tributos deben ser de fácil cumplimiento para el contribuyente y de fácil administración para el Estado.

• LEGALIDAD: Todo tributo se crea por Ley o norma de rango similar. Contribuye   para que el sistema tributario sea lo más estable en el tiempo y que gradúe la velocidad de aproximación al sistema tributario ideal.  

• RECAUDACION.- Deben asegurar el financiamiento de las actividades del Estado.

• EFICIENCIA.- No debe frenar el crecimiento económico.

• RESPETO A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS

• CONFISCATORIEDAD
Establecida por El Congreso: Los tributos se crean por ley a través del Congreso y por normas con rango de ley, como las ordenanzas municipales, en el caso de los gobiernos municipales.
Clasificación de los Tributos de acuerdo con el   órgano recaudador
- Tributos que recauda la SUNAT: Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas (IGV, Grava, Impuesto Selectivo al Consumo   ISC, Nuevo Régimen Único Simplificado   (RUS), Impuesto Temporal a los Activos Netos   (ITAN), Impuesto temporal.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT

Es una institución pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas dotada de personería de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos así como administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero recaudando los tributos aplicables, proveyendo servicios a los contribuyentes y responsables a fin de facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.
SUNAT - Organización
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT, es presidida por el Superintendente Nacional y cuenta con dos Superintendencias Nacionales Adjuntas, la de Tributos Internos y la de Aduanas.
Cuenta como órgano de control a la Oficina de Control Interno y como Órganos de Apoyo a la Secretaría General y al Instituto de Administración Tributaria y Aduanera.
Además cuenta con 8 Intendencias Nacionales como órganos de soporte.
La Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos cuenta con  los siguientes órganos de línea:
La Intendencia  de Principales Contribuyentes Nacionales, la Intendencia Regional Lima, 9 Intendencias Regionales, 9 oficinas zonales y 20 oficinas remotas.
La Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas  cuenta con 5 Intendencias de Aduanas en Lima  como órganos de línea y 20 Intendencias  como órganos desconcentrados.

Régimen Tributario en el Perú
En el Perú, los tributos principales recaen sobre las rentas, la producción y el consumo y la importación de bienes, y otros impuestos a la circulación del dinero y al patrimonio que se consideran ingresos del Gobierno Central, que son recaudados por la SUNAT.
Además existen otras contribuciones al Seguro Social de Salud y al Sistema Nacional de Pensiones, cuyos destinatarios son el Essalud y la Oficina de Normalización Previsional-ONP respectivamente
Clasificación de las Rentas
Según la ley del Impuesto a la Renta, las rentas se clasifican en cinco categorías:
Primera categoría: son las producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes muebles o inmuebles.
Segunda categoría: son las producidas por las otras rentas de capital, como los intereses por préstamos, regalías, patentes, dividendos y ganancias de capital.
Tercera categoría: son las rentas del comercio, industria y servicios provenientes de la actividad empresarial y otras expresamente consideradas por la ley del impuesto a la renta.
Cuarta categoría: son las rentas del trabajo independiente.
Quinta categoría: son las rentas del trabajo dependiente.

I. Impuesto a la Renta
El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual que grava las rentas que provienen del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores siempre que tengan una fuente durable y capaz de generar ingresos periódicos.
Personas y Empresas Domiciliadas en el país
A partir del año 2009, las personas naturales domiciliadas en el país que no tienen actividad empresarial, tributan el impuesto a la renta por un sistema dual cedular, lo que significa dos formas distintas de cálculo para tributar:
Rentas de Capital: agrupa las rentas netas de primera y segunda categoría. Estas rentas se gravan con la tasa del 6.25% sobre la renta neta; con excepción de los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades que están gravados con la tasa del 4,1%.
En las rentas de primera categoría, se exige hacer pagos a cuenta del impuesto durante el año y en el caso de las rentas de segunda categoría los pagos del impuesto tienen carácter definitivo y se pagan a través de una retención, salvo algunas excepciones.
Renta de Trabajo: agrupa a las rentas netas de cuarta y quinta categoría. En el caso de las rentas de cuarta categoría se exige efectuar pagos a cuenta del impuesto en forma directa o a través de una retención, a razón del 10% mensual sobre los ingresos.
En el caso de las rentas de quinta categoría, el empleador, retiene mensualmente al beneficiario de la renta , un dozavo del impuesto anual.
Para calcular el impuesto anual a cargo de las personas naturales, las rentas netas del Trabajo se suman anualmente, y se les deduce un tramo de 7 UIT (Unidad Impositiva Tributaria). Al saldo , se le suma las rentas netas de fuente extranjera y al monto resultante se le afecta la escala progresiva del impuesto con tasas del 15%, 21% y 30 % respectivamente, que se aplican según los tramos de la renta neta. Del monto que resulte se descuentan los pagos a cuenta y retenciones efectuados durante el año.
Los tramos de la renta afecta se fijan de acuerdo a un número determinado de UITs, que es un índice de referencia que fija el Estado, para determinar bases imponibles, deducciones, límites de afectación y es determinado anualmente mediante Decreto Supremo. En el ejercicio 2009 el valor de la UIT ascendió a S/ 3,550 Nuevos Soles. Para el ejercicio 2010 el valor de la UIT es de S/. 3,600 Nuevos Soles (aproximadamente US $ 1,241 dólares americanos).
Rentas Empresariales
Son las Rentas que provienen de la actividad empresarial comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta como rentas de tercera categoría y están sujetas a la tasa del 30% sobre las utilidades netas, que obtengan anualmente las empresas cualquiera sea la forma de su organización.
Las empresas están obligadas a efectuar pagos a cuenta de impuesto utilizando uno de los dos sistemas que establece la ley del impuesto a la renta.
Al final de cada ejercicio que se cierra cada 31 de diciembre, se calcula el impuesto anual del que se deducen los pagos a cuenta, pagándose la diferencia como pago de regularización al cual se adjunta una declaración anual que contenga el balance correspondiente al ejercicio cerrado. Este pago de regularización y la declaración se realizan hasta 3 meses después del cierre de cada ejercicio.
Régimen Especial del Impuesto-RER.
Se trata de un régimen especial  establecido por la ley del impuesto a la renta aplicable a las microempresas domiciliadas en el país, cualquiera que sea su forma de organización, en el que se exigen como condiciones lo siguiente:
·         Sus Ingresos netos anuales no deben superar los S/ 525,000.
·         Sus compras y adquisiciones no deben ser mayores a S/ 525,000.
·         Los Activos fijos no deben superar los S/ 126,000.
·         Personas que laboren para la empresa no mayor a 10.
En este régimen el impuesto a la renta se cubre pagando una cuota mensual que tiene carácter definitiva y cancelatoria y se aplica con una tasa del 1.5% sobre los ingresos netos mensuales.
Bancarización de las operaciones.
Consiste  en pagar  obligaciones utilizando diferentes medios de pago a través del sistema financiero. La medida está vigente desde marzo de 2004 y fue emitida  por el Estado, con la finalidad de evitar la evasión tributaria y contribuir con la formalización de la economía. Los medios de pago son los siguientes:
·         Depósitos en cuenta.
·         Giros.
·         Transferencia de fondos.
·         Órdenes de pago.
·         Tarjetas de débito o de crédito en el país.
·         Cheques con la cláusula de ”no negociables”, ”intransferibles”, o “no a la orden”.
Los montos a partir del cual se deberá utilizar medios de pago son  de S/ 3,500 nuevos soles o US$ 1,000 dólares americanos.
Para efectos tributarios, los pagos que se efectúen sin utilizar medios de pago no dan derecho a deducir gastos, costos o créditos fiscales; a efectuar compensaciones ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor, reintegros tributarios, recuperación anticipada y restitución de derechos arancelarios.
No están comprendidas en la obligación, las operaciones de financiamiento realizadas  con empresas bancarias o financieras no domiciliadas
Inafectaciones y Exoneraciones del Impuesto a la Renta
INAFECTACIONES
No son sujetos del impuesto:
·         El Sector Público, excepto las empresas que conforman la Actividad  Empresarial del Estado.
·         Las Fundaciones  legalmente establecidas  y que acrediten sus fines y sean : la cultura, investigación superior, beneficencia, asistencia social y hospitalaria y beneficios sociales para los servidores de las empresas.
·         Las entidades de auxilio mutuo.
·         Las Comunidades indígenas.
·         Las Comunidades Nativas.
Están inafectos al impuesto los siguientes ingresos:
·         Las indemnizaciones previstas por las disposiciones laborales.
·         Las indemnizaciones que se reciban por causa de muerte, o incapacidad producidas por accidentes o enfermedades originados el régimen de la seguridad social, contrato de seguro, o  en sentencia judicial.
·         Las compensaciones por tiempo de servicios previstas por las disposiciones laborales vigentes.
·         Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales como jubilación, montepío e invalidez.
·         Los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.
·         Las rentas y ganancias que generen los activos, que respaldan las reservas técnicas de las compañías de seguros de vida constituidas o establecidas en el país, para pensiones de jubilación , invalidez y sobrevivencia de las rentas vitalicias provenientes del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, constituidas de acuerdo a ley.
·         Los márgenes y retornos exigidos por las Cámaras de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros Derivados con el objeto de nivelar las posiciones financieras en el Contrato.
·         Los intereses y ganancias de capital provenientes de bonos emitidos por la República del Perú, así como los intereses y ganancias de capital provenientes de certificados de depósito del Banco Central de Reserva del Perú, utilizados con fines de regulación monetaria.
EXONERACIONES
Están exonerados  del impuesto a la renta hasta el 31 de diciembre  de 2011, los siguientes conceptos:
§  Las rentas que las sociedades o instituciones religiosas destinen a la realización de sus fines específicos en el país.
§  Las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro con fines de beneficencia,  asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, gremial, de vivienda entre otros.
§  Intereses de créditos de fomento otorgados por organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras, en forma directa o indirecta.
§  Las rentas de  los inmuebles de propiedad de los organismos internacionales.
§  Las remuneraciones que perciban en el país los funcionarios de los gobiernos extranjeros, instituciones  oficiales extranjeras y organismos internacionales.
§  Cualquier tipo de interés que se obtenga de un depósito de dinero conforme a la ley general del  Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, siempre que el ingreso no constituya rentas de la tercera categoría.
§  Los ingresos brutos que perciban las representaciones deportivas nacionales de países extranjeros por sus actuaciones en el país.
§  Las regalías por asesoramiento técnico, económico, financiero o de otra índole, prestado desde el exterior por entidades estatales u organismos internacionales.
§  Los ingresos brutos que perciben las representaciones de países extranjeros por espectáculos en vivo calificados como culturales.
§  Los Intereses que perciban o paguen las cooperativas de ahorro y crédito por las operaciones que realicen con sus socios
§  II. Impuesto General a las Ventas

§  El Impuesto General a las Ventas (IGV) es un impuesto que grava el valor agregado en cada transacción realizada en las distintas etapas del ciclo económico.
§  El impuesto bruto correspondiente a cada operación gravada es el monto resultante de aplicar la tasa del impuesto sobre la base imponible, constituida por el valor de venta en la venta de bienes, el total de la retribución en la prestación o utilización de servicios, el valor de la construcción en los contratos de construcción, el ingreso percibido en la venta de inmuebles excluido el valor del terreno y el valor de Aduana más los derechos e impuestos que afecten esta operación en las importaciones .
§  Para liquidar el impuesto que corresponde a un período tributario, del impuesto bruto se resta el crédito fiscal, que está constituido por el impuesto general a las ventas consignado separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
§  Cuando en algún mes determinado, el monto del crédito fiscal es mayor que el monto del impuesto bruto, el exceso constituye saldo a favor del sujeto del impuesto. Este saldo se aplicará como crédito fiscal en los meses siguientes hasta agotarlo.
Son  sistemas implementados por la SUNAT para combatir la evasión tributaria en el IGV, y se aplican en forma adelantada en las operaciones afectas a este impuesto  para que luego sirvan de crédito en su liquidación mensual (en el caso de las retenciones y percepciones) y en el caso del sistema de  detracciones o SPOT, éste sirve para  generar fondos a los contribuyentes para pagar no sólo el IGV, sino distintas deudas tributarias.

jueves, 12 de julio de 2012

HEROE CAÑETANO

JOSE BUENAVENTURA SEPULVEDA FERNANDEZ
 (14 de julio 1848 - 6 de noviembre de 1879)

"Con orgullo sepulvedano"
 

JOSÉ BUENAVENTURA SEPÚLVEDA FERNANDEZ

      El teniente Coronel José Buenaventura Sepúlveda Fernández, héroe cañetano de la guerra del Guano y del Salitre (Guerra entre Perú y Chile de 1879), su vida, es poco conocida pero aquí le hago llegar una breve biografía.
       Su historia comienza con la llegada de la expedición libertadora de San Martín al Perú y junto a él llegó el patriota chileno Bernardo O' Higgins y Riquelme, quien brindó valiosa colaboración en la lucha por la independencia, por ello le cedió las Haciendas de Montalván y  Cuiva, que habían pertenecido a Don Pedro Arredondo. En 1825, Simón Bolívar ratifica esta concesión. O'Higgins  hizo traer de su patria a su hijo Demetrio quien vino acompañado de un discípulo de aulas llamado Antonio Sepúlveda Aldea. En 1838 llegó por mar al Callao de donde pasó a Cerro Azul.
         Establecido en el valle, Antonio Sepúlveda, cajero de las Haciendas del General O'Higgins, contrajo matrimonio con la dama cañetana Teresa Fernández, de cuya unión nació en la Hacienda LA HUACA de Cañete, José Buenaventura Sepúlveda el 14 de julio de 1848. Se bautizó en la Parroquia de la Concepción en Lima.
         A los 10 años, José se trasladó a Lima para estudiar Educación Primaria. En 1864, a los 16 años de edad retornó a Cañete para desempeñarse como mayordomo de campo de la Hacienda Arona. Obedeciendo a su vocación por la carrera militar, a los 22 años ingresó a la Escuela Militar. La infausta del guano y del salitre de 1879 lo encontró con el grado militar de Mayor de Caballería; luego fue ascendido a Comandante y fue enviado al campo de operaciones.
         El 6 de noviembre de 1879 se inmortaliza en la Batalla de Agua Santa o de Pampa Germania, hecho que alcanza un gran significado puesto que había luchado contra la patria de su padre, en defensa de la suya: EL PERU, cumpliendo la promesa de luchar y defender a su patria hasta morir. Junto con él ofrendaron su vidas otros tantos, integrantes del Regimiento Húsares de Junín y Húsares de Bolívar, a quienes comandaba. En esta acción, los jinetes chilenos dirigidos por José Francisco Vergara y Sofanor Parra vencen a la caballería aliada comandada por el Teniente Coronel José Sepúlveda que se encontraba en la retaguardia del ejército aliado, el cual había emprendido ya su marcha hacia Dolores, en el sector de Pampa Germania, cercano a Agua Santa.
La historiografía peruana y el historiador militar chileno Francisco Machuca cuentan que los chilenos simularon una retirada con el fin de sacar a los aliados de sus posiciones defensivas en la estación de Germania para luego dar la vuelta y atacar a quienes les perseguían. Con ello en superioridad numérica, con mejor armamento y cabalgaduras vencen a los aliados.
         Segun parte de Vergara cayeron muertos alrededor de 60 a 70 aliados, entre ellos el Coronel Sepúlveda, tomando además 5 prisioneros. Los chilenos lamentaron la pérdida de 9 soldados (3 muertos y 6 heridos).
         Para que estos hechos heroicos no quedaran en el olvido y perdure en la historia por generaciones, en el año 1937, se crea el Colegio José Buenaventura Sepúlveda y que luego sería convertido en Gran Unidad Escolar por el presidente Odría, hoy es la Institución Educativa JBS.
         Los restos del héroe cañetano fueron sepultados en el mismo campo de batalla. 1886, establecido el nefasto tratado de paz con Chile, el cónsul del Perú en Iquique don Guillermo Billingurts, nombró una comisión integrada  por Pedro Dávalos y Lissón, Santiago Devéscovi y Emilio Pardo Figueroa, para que identificaran los cadáveres. Los restos exhumados en la Provincia de Tarapacá, entre los que se encontraban los de Sepúlveda, llegaron al Callao el 13 de julio de 1890, celebrándose honras fúnebres en la Iglesia Matriz de éste puerto, el gobierno declaró Duelo Nacional los días 15 y 16 de julio. Luego fueron trasladados a la Iglesia de La Merced en Lima, para sus correspondientes exequias. Llevados al Cementerio del Presbítero Maestro, descansaron allí sus restos hasta 1908 y el 8 de setiembre, durante el mandato del presidente José Pardo, se inauguró la CRIPTA DE LOS HÉROES donde finalmente descansa en paz.

jueves, 5 de julio de 2012

LOS REYES ABSOLUTISTAS DE FRANCIA

CURIOSIDADES DE LOS REYES DE FRANCIA

¿LOS PIOJOS EN PALACIO?

Luis XIV de Francia se bañaba únicamente cuando se lo prescribía el médico.
se hacía llamar El Rey Sol, cada mañana se limpiaba la cara con un trozo de algodón impregnado de alcohol o bien con saliva. Bajo las pelucas había piojos. Lució tacones para disimular su corta estatura. No sólo siguió las tendencias de la moda, sino que impuso algunas de sus costumbres en el vestir: enormes pelucas de pelo natural, mangas adornadas de ricos encajes venecianos y sus famosos zapatos de tacón alto.
LUIS XIV  "EL REY SOL"
¿Crees que era cómodo vivir de esa forma? ¿Por qué?

LUIS XVI "EL SUPERSTICIOSO"

Luis XVI (1754-1793) fue el último rey absoluto de Francia. El fin de su reinado fue muy trágico. El Delfín de Francia, como lo llamaron a Luis XVI, asumió el trono cuando tenía once años.
Por recomendación de su astrólogo, Luis XVI de Francia evitaba hacer cosas los días 21 de cada mes. Sin embargo y pese a la recomendación no pudo evitar que el 21 de junio de 1791 María Antonieta y él mismo fueran arrestados, que el 21 de septiembre de 1792 la monarquía fuera abolida de Francia, y que el 21 de enero de 1793 fuese condenado a muerte y ejecutado.
El rey Luis XVI de Francia y su esposa María Antonieta no consumaron su matrimonio hasta siete años después de la boda. Luis tenía fimosis y el coito le resultaba muy doloroso y no podía realizar la penetración. Jóvenes e ignorantes los dos, no hicieron nada por resolver el problema. Luis que era miedoso, se negó a hacerse la circuncisión. Al final, la necesidad de que los reyes tuvieran descendientes, obligó a Luis a operarse.
LUIS XVI FUE DESTRONADO EN 1789 POR LOS REVOLUCIONARIOS
 FRANCESES. MURIO EN LA GUILLOTINA.


¿Eres supersticiosa? o ¿Crees en lo que dice tu horóscopo? ¿Por qué?

martes, 29 de mayo de 2012

GUIA PARA HACER UNA VISITA A ICA

GUIA DE TRABAJO DE CAMPO  (EXCURSION): VISISTANDO ICA


I.                    SINTESIS HISTORICA

. Fundación: en 1534, Nicolás de Rivera  “El Viejo”, se le otorgó la encomienda de Hurin Ica (parte baja). El 17 de julio de 1563, el capitán Jerónimo Luis de cabrera fundó oficialmente la actual ciudad de Ica con el nombre de “Villa de Valverde”, por encargó del Virrey don Diego López de Zúñiga y Velasco, conde de Nieva. El 12 de mayo de 1664, un terremoto devastó Ica y en años posteriores se sucedieron otros más, como el ocurrido en 15 de agosto del año 2007 que destruyó Pisco y causó muchos daños en Ica, Chincha, cañete y pueblos andinos cercanos.
Después de proclamada  la independe3ncia del Perú, pasó a formar parte del departamento de Lima.
El 30 de enero  de 1866, e4l presidente Coronel Mariano Ignacio Prado, creó el departamento de Ica.

II.                  ECOTURISMO

-          LA LAGUNA DE HUACACHINA

Ubicado a 3 km. Al oeste de la ciudad de Ica, es un balneario en medio del desierto, rodeado de palmeras y otras plantas, de agua medicinal proveniente de filtraciones y su caudal ocupa una extensión ovalada de 100m. de largo por 60 m. de ancho.

Una dama italiana radicada en Ica, la señora Angela Perotti, descubrió las propiedades medicinales de sus aguas.

-          POZO SANTO

Antes de llegar a Ica, al inicio de las pampa de Villacurí, existe una capilla de barro, levantado en recuerdo del “padre Guatemala”, Fray Ramón de Rojas, según la leyenda hizo el mulagro de hacer brotar agua en pleno desierto.


III.                FOLKLORE

Destaca: LA YUNZA en carnavales; las Bajadas de Reyes el 6 de enero. Leyendas tradicionales como la “Achirana del INCA” y “Cori Coyllur”;  PISCO PERUANO,  de la época de la colonia cuyo  nombre lo dio el Puerto de Pisco en donde se embarcaba el “aguardiente” en toneles hacia Lima. La fiesta de la VENDIMIA,  hoy  FESTIVAL INTERNACIONAL DE LA VENDIMIA, entre  el 8 y 18 de marzo, corte de racimos de uva y grandes fiestas.

-          CREENCIAS RELIGIOSAS TRADICIONALES:

1.- La Melchorita, MELCHORITA SARAVIA TASAYCO, humilde campesina, aprendió a tejer caña y practicó la caridad, como: visitar a los enfermos y socorrer a los pobres, siendo ella también muy pobre. Nació el 06 de Enero de 1897 y murió el 04 de diciembre de 1951. En Grocio Prado se ha levantado una ermita donde estuvo su vivienda.

2.- Otros: El Señor de Luren, La Virgen de Yauca y la Beatita de Humay.

3.- Platos típicos: carapulca chinchana, chupe de pallares verdes, sopa de tortuga, frejol colado y las tejas.


IV.                    CULTURA

-          Museo Regional de Ica, allí se encuentra los restos de las culturas Paracas y Nazca, de la época colonial y republicana.

-          Universidad Nacional “San Luis Gonzaga”

-          Personajes ilustres: José de la Torre Ugarte, Grocio Prado, Abraham Valdelomar, Raúl Porras Barnechea (literato), Sérvulo Gutierrez (pintor), la alemana María Reiche Newman (estudió las Líneas de Nasca) y otros.

V.                      CIRDUITO PISCO – PARACAS – PUERTO SAN MARTIN

-         BALNEARIO DE PARACAS: ubicado a 11 km. Al sur de Pisco, allí encontramos la concurrido playa “huanchaquito” y se puede tomar una lancha o yate y visitar las Islas ballestas (criadero de lobos).


-          Punta Pejerrey, las célebres Islas guaneras de Chincha (al norte). Lugar donde desembarcó San Martín el 08 de setiembre de 1820 y luego crearía la bandera peruana.

-          BAHIA DE LA INDEPENDENCIA:  al sur del balneario se encuentra Laguna Grande y muy cerca está el Cerro Colorado centro de la cultura Paracas y allí se ubica el Museo de Sitio JULIO C. TELLO Y EL MIRADOR.

-          PUERTO DE SAN MARTIN: a 18 km. del  balneario de Paracas, apto para buques de gran calado ubicado en Punta Pejerrey, está cerca el célebre y misterioso  CANDELABRO.

-          LA RESERVA NACIONAL DE PARACAS: fue establecida en 1975 y encontramos especies como: pez sierra, pámpano, pez amarillo, toyo, tiburones, tortugas chelonias agassizzi, lobos marinos y, también es paraíso de aves del lugar (guanay, pelícanos, zarcillos, pingüino Humbolt, etc)y aves migratorias de otros hemisferios.


SINTESIS GEOGRAFICA
1.       UBICACIÓN  : Ica se ubica en el sur chico de la costa Peruana, a 3033 km. de la ciudad de Lima. Está en la costa del Pacífico.
2.       POBLACION: 600 000 habitantes aproximadamente.
3.       SUPERFICIE   : 21 000 km2.
4.       CAPITAL: la ciudad de Ica ubicada a  406 m.s.n.m.
5.       CLIMA: soleado y seco. Temperatura promedio  de 19º C.
6.       RELIEVE: predomina extensas planicies desérticas e islas.





RUTA
HORA
EJES TEMATICOS
1.        Partida: I:EP. Nº 20165 – “Nstra. Sra. De Lourdes”, Nvo Imperial
6:30 a.m.
-Instrucciones para las actividades del trabajo de campo.
2.        Paisajes aledaños al río Cañete y el puente Clarita
7:00 a.m.
-Importancia geoeconómica  de la Cuenca del río Cañete.
3.        Santuario Religioso de MELCHORITA – Grocio Prado, Chincha
7:30 a.m.
-Centro de peregrinación católica el 06 de enero y las características de su artesanía.
4.        Mueso Regional de Ica y Ciudad de Ica
11:00 a.m.
-Elementos de la cultura Nazca, de las época virreinal y republicana.
5.        Laguna de La Huacachina
12:00 m.
-Características y propiedades curativas de sus aguas. Atracción turística.
6.        Retorno a Paracas
1:30 p.m.

7.        Bahía de Paracas – Huanchaquito
3:00 p.m.
-Lugares de interés en Paracas: Vestigios de la Cultura Paracas, Reserva Nacional y su importancia, lugar de desembarco de San Martín.
8.        Pisco – ciudad
5:00 p.m.
-Centros industriales pesqueros, caleta de pescadores de San Andrés, ciudad de Pisco: efectos y situación después del terremoto del 2007.
9.        Retorno a Cañete
6: 00 p.m.
-Instrucciones finales para presentar la información recopilada en el estudio de campo.
10.     Nuevo Imperial – Plaza de Armas
8:30  p.m.